Precios de Referencia
Contrato Abierto, Subasta Electrónica Inversa y Comisión para el Establecimiento de Bienes y Suministros Importados
El Instituto Nacional de Estadística pone a disposición de las entidades requirentes los Formatos de Solicitud Precios de Referencia, la Guía de llenado del Formulario de Solicitud y la Normativa Vigente.
De conformidad con el artículo 8 de la Ley de Contrataciones del Estado, el INE atiende precios de referencia, precios promedio, salarios e índices que sean requeridos únicamente en las modalidades de Contrato Abierto y Subasta Electrónica Inversa.
Además, precios de referencia para Bienes y Suministros Importados. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley de Contrataciones del Estado “en el caso de bienes y suministros importados, el precio lo establecerá una comisión conformada por un representante del Instituto Nacional de Estadística -INE-, un representante de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, y un representante de las entidades interesadas” y artículo 5 del reglamento de la referida Ley “El Instituto Nacional de Estadística a solicitud de la entidad compradora, conformará inmediatamente la comisión”.
Nota: Todo Contrato Abierto, se debe iniciar con la solicitud por escrito dirigida a la Dirección General de Adquisiciones del Estado, adscrita al Ministerio de Finanzas Publicas, esto según el Artículo 46 bis. “Ley de Contrataciones del Estado”, a) Convocatoria: “El proceso de contrato abierto se iniciará con la solicitud, por escrito, a la Dirección General de Adquisiciones del Estado…”.
Cualquier consulta respecto al tema de Precios de Referencia puede ser realizada a spir@ine.gob.gt
Descargas Disponibles
Formatos para Solicitudes de Precios de Referencia
Formatos para Solicitudes de Precios de Referencia para Bienes y Suministros Importados
Guía para el llenado del Formulario
La Guía de llenado facilita visualizar lo que se debe registrar en el Formato de Solicitud de Precios de Referencia.
Las Notas Metodológicas comprenden las técnicas y procedimientos estadísticos para la elaboración de precios de referencia, en un mercado en competencia, para los procesos de adquisiciones y contrataciones del Estado.
En cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y reformas; compete al INE la elaboración y publicación de las metodologías estándar, aplicables en el cálculo de índices de precios. Estas notas responden lo establecido en el artículo 8 de la LCE y para que las entidades contratantes generen los precios de referencia para los procesos de contratación no contenidos en el artículo 6 del Reglamento; o en casos comprendidos bajo el artículo 41 transitorio del Decreto 9-2015.
Normativa de Precios de Referencia
Ref.: Artículo 8 de la Ley de Contrataciones del Estado, artículo 7 y 81 de su Reglamento.
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